LA SUBIDA DEL IVA
Los productos exentos de IVA, son entre otros los servicios educativos, servicios médicos, alquiler de vivienda y viajes al extranjero.
El tipo superreducido del 4 % no sufre incremento y se mantiene para los productos de alimentación básica como la leche, el pan, huevos, también para los medicamentos, las viviendas de protección oficial, material escolar y prensa, y se incluyen como novedad los servicios a la dependencia.
El reducido del 8 % (antes el 7%), se aplica a la vivienda nueva, transporte, alimentos elaborados, gafas, lentillas y dentistas, entre otros.
El general pasa del 16 % al 18 % e incluye todos los conceptos no incluidos en los tipos anteriores, como los coches, electrodomésticos, la electricidad, los carburantes, el tabaco, ropa, calzado, etc.
Los principales productos que se benefician de una bajada son los servicios de ayuda a la dependencia que pasan a tributar al 4 % y los gastos de rehabilitación de vivienda que se acogen al 8 %.
La mayoría de los grandes grupos y comercios minoristas asumirán la subida del IVA en sus márgenes de beneficio, por lo que no la trasladaran al consumidor.
El sistema de franquicias, como es habitual, ha sido de los primeros en reaccionar, anunciando la mayoría de sus enseñas que asumirán la totalidad o parte de la subida del IVA que deben repercutir en los consumidores finales.
Las previsiones del Gobierno son recaudar 5.150 millones en un año, con una medida que ya ha sido tomada por 11 países europeos (España, Portugal, Reino Unido, Finlandia, Eslovaquia, Lituania, Letonia, Hungría, Estonia, Republica Checa y Grecia).
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