Plan de Reforzamiento del Sistema Financiero Español
La Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado ha señalado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que "nuestro sector financiero es un sector solvente, si se considera el ratio en su conjunto, que está ahora en el 8.5% de los activos ponderados, muy por encima de las exigencias legales, y, sobre todo, muy por encima de la media europea y de los requisitos exigidos en las situaciónes de estrés".
También ha indicado que nuestro sistema es solvente, pero "nos parece importante -ha dicho- reforzar esa credibilidad y disipar cualquier duda. Y por tanto, en cuanto a su reforzamiento, el objetivo del Real Decreto Ley es incrementar la solvencia de capital y adecuarla a lo que se exige en el acuerdo de Basilea III, que se comenzará a aplicar a partir del 2013", es decir, ha asegurado la vicepresidenta segunda del Gobierno, que "nos adelantaremos a la entrada en vigor de Basilea III".
Los elementos que integran el capital principal "son exactamente los que define Basilea III para el año 2013", según ha manifestado Elena Salgado, esto es "la inclusión en este capital principal (core capital) de un nivel mínimo exigible del 8% de los activos ponderados por riesgo (APR) y del 10% para aquellas entidades que superen el 20% de la financiación mayorista y que no hayan colocado al menos un 20% de su capital a terceros". Estos requisitos son iguales para bancos y cajas de ahorros.
Salgado ha afirmado que estos requisitos deberán entrar en vigor el próximo 10 de marzo. Los bancos y cajas que no cumplan entonces ese nivel de exigencia de capital mínimo, tendrán un plazo para alcanzarlo. Las entidades tendrán quince días hábiles para comunicar al Banco de España la estrategia y el calendario que garanticen el cumplimiento de los requisitos marcados. Esa estrategia podrá incluir la captación de inversores privados y su salida a Bolsa. O bien la entidad podrá solicitar apoyo financiero del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y presentar, en el plazo de un mes, un plan de recapitalización.
El Banco de España deberá aprobar la estrategia elegida y las medidas para cumplir las exigencias de capital deberán haberse ejecutado antes del 30 de septiembre de 2011.
En ese mismo mes de septiembre, el Banco de España evaluará qué entidades han cumplido. Y, de forma puntual y motivada, podrá ampliar en algún mes el plazo para que alguna de ellas finalice su recapitalización.
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