Reforma de la Jubilación

Jubilación a los 65 años con 38 años y medio cotizados ó a los 67 años con 37 años cotizados

El necesario acuerdo para reformar nuestro actual sistema de pensiones se logró gracias a la implicación directa del presidente de gobierno y los agentes sociales (sindicatos y patronal).
El acuerdo mantiene el equilibrio entre las necesarias reformas económicas para garantizar la viabilidad del sistema público de pensiones y las legítimas demandas de los agentes sociales.
La escala de cotización queda configurada con el mínimo de 15 años de cotización para poder acceder a una pensión de jubilación con el 50 % de la base reguladora y un máximo de 37 años cotizados para alcanzar el 100 % de la base reguladora. Estableciéndose una jubilación con 65 años y el 100 % de la base reguladora si se ha cotizado 38 años y 6 meses.
La base reguladora se calculará en función de las cotizaciones en los últimos 25 años.
Se establece un periodo transitorio de aplicación gradual del nuevo sistema desde el 2.013 hasta el 2.027.
Como novedad se incluye las cotizaciones de los becarios o el periodo de excedencia por cuidado de hijos, pero solo hasta 2 años.
Se aceptaran prejubilaciones con 61 años para las empresas en crisis, así como jubilaciones parciales a partir de la misma edad.
Sin embargo la edad mínima de jubilación anticipada sube de 61 a 63.