Franquiciados y franquiciadores ante la Ley de Protección de Datos.

Conversia organiza una conferencia informativa sobre esta ley, que contempla sanciones de hasta 600.000 euros por acciones que pueden ser muy cotidianas.

La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD), y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE o LSSI) contienen una serie de normas de obligado cumplimiento que, años después de su entrada en vigor, todavía no son aplicadas en la mayoría de los casos. La LOPD exige que las empresas cumplan ciertos requisitos como el alta de los ficheros en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos o un determinado nivel de seguridad para dichos ficheros, pero a día de hoy son muchas las empresas que desconocen la obligatoriedad de estos requisitos y el régimen de sanciones que existe para asegurar su cumplimiento.
Actividades que pueden ser tan frecuentes como la comunicación de datos de clientes entre franquiciado y franquiciador mediante un software de gestión de clientes, o bien otros tan habituales como los envíos masivos de correos electrónicos sin tener autorización previa de los destinatarios, pueden suponer severas sanciones que en muchos casos podrían ser evitadas con la adaptación de determinados procesos y documentos a una ley cuyo desconocimiento no exime de su cumplimiento.
En el marco de la celebración del Salón Internacional de la Franquicia (SIF&CO) del 15 al 17 de octubre en la Feria de Valencia, Conversia organiza una conferencia informativa para tratar los aspectos de la Ley de Protección de Datos (LOPD) y de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) que pueden afectar de forma más importante a las enseñas franquiciadoras y a sus franquiciados. Esta conferencia tendrá lugar el viernes 16 de octubre a las 12 horas y será conducida por Carlos Caballero, Presidente y Fundador de Conversia y por Alfonso Corral, Director Comercial de la compañía. En ella se tratarán los aspectos de la LOPD y la LSSI que tienen más relación con el día a día de franquiciadores y franquiciados, y se analizarán algunas sanciones aplicadas por la Agencia Española de Protección de Datos que por la naturaleza del incumplimiento pueden darse de forma involuntaria pero generalizada.

Conversia Protección de Datos
Conversia es una consultoría legal especializada en la adaptación de empresas a la LOPD y la LSSI. Mediante su división Conversia Protección de Datos, esta consultoría ofrece un abanico de servicios destinados a garantizar el cumplimiento de ambas leyes de forma fácil, segura y económica.
Conversia comenzó a operar en 2001 y, fruto de la experiencia adquirida, recientemente ha decidido abrir las puertas de un negocio muy rentable nuevos franquiciados con un modelo de franquicia que no requiere un conocimiento profundo de la ley por parte del franquiciado porque la adaptación de las empresas de realiza desde las oficinas centrales de la compañía, garantizando así unos estándares de calidad en el servicio que son únicos en su sector. El franquiciado es el representante local de la compañía y es el nexo de unión permanente entre los clientes y la matriz, en un sistema de trabajo de una calidad excelente y perceptible.
Ejemplos sobre la LOPD y la LSSI

A modo de ejemplo sobre la LOPD, según lo establecido en los artículos 44.4.a) y 45.3 de la LOPD, una “recogida de datos en forma fraudulenta” como por ejemplo la cesión de datos de clientes entre franquiciado y franquiciador sin cumplir los artículos 6 y 11 de la LOPD puede acarrear una sanción de entre 300.000 y 600.000 euros,
Por otra parte, la LSSI contempla sanciones de hasta 30.000 euros de acuerdo con los artículos 38.4.c) o d) cuando un franquiciado se promocione por vía electrónica utilizando el nombre de la franquicia incumpliendo los arts. 20 y/o 21 de dicha ley.

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